SMA ordena medidas en Palena

Escrito por el febrero 5, 2026

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas urgentes y transitorias (MUT) contra la Ilustre Municipalidad de Palena, titular del proyecto “Instalación Alcantarillado y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Localidad de Palena”, ubicado en la comuna de Palena, Región de Los Lagos.

El proyecto, aprobado mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°632/2001, contempla la instalación de una red de alcantarillado público y una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), cuyo efluente final sería descargado al río Palena. No obstante, tras el análisis de imágenes satelitales, la SMA detectó que tanto la ubicación de la PTAS como su punto de descarga difieren de lo evaluado ambientalmente.

Este caso se originó a partir de un Oficio de la Contraloría General de la República, de fecha 9 de octubre de 2025, que solicitó antecedentes sobre fiscalizaciones ambientales relacionadas con el vertimiento de aguas servidas en el estero Culebra y en el río Palena, sin tratamiento previo.

Posteriormente, fiscalizadores de la Oficina Regional de la SMA en Los Lagos realizaron una inspección ambiental el 3 de diciembre de 2025, constatando que la PTAS no se encuentra operativa desde septiembre de 2024. Como consecuencia, las aguas servidas del sistema de alcantarillado urbano de Palena estarían siendo descargadas directamente al estero Culebra, sin ningún tipo de tratamiento.

Durante la inspección, se verificó además que las instalaciones de la PTAS presentaban signos de abandono, con oxidación y abundante vegetación en su entorno. En el estero Culebra se observó la presencia permanente de efluente de color plomizo, formando una pluma de dispersión de aproximadamente 20 metros aguas abajo, junto con residuos orgánicos adheridos a la vegetación y al borde del cauce.

Atendido estos antecedentes, la SMA concluyó que existen razones suficientes para una intervención preventiva. Al respecto, el Superintendente (s) de la SMA, Bruno Raglianti, explicó que “las medidas urgentes y transitorias son un instrumento contenido en la ley orgánica de la SMA que tienen como objetivo evitar un daño grave e inminente al medioambiente y a la salud de las personas”.

Asimismo, añadió que “en este caso particular, las medidas fueron dictadas luego de verificar que, tanto la ubicación de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, como su punto de descarga, difieren de la ubicación y del lugar de descarga evaluados ambientalmente”.

Entre las medidas ordenadas, la Municipalidad de Palena deberá presentar un informe de ingeniería detallado sobre el estado actual de la PTAS, implementar las mejoras necesarias para su puesta en funcionamiento conforme a la RCA, realizar labores de limpieza y manejo de residuos, y fortalecer la operación de la planta. En cuanto al punto de descarga, se exigió iniciar la tramitación de los permisos sectoriales correspondientes, ejecutar la limpieza del estero Culebra y desarrollar un plan integral de seguimiento ambiental y monitoreo de la descarga.

Adicionalmente, la SMA solicitó reportes quincenales sobre el avance de las mejoras en la PTAS y la ejecución del monitoreo ambiental, los cuales deberán ser realizados por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA).

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